Lo que Necesitas Saber sobre tu Obligación Tributaria Local

Lo que Necesitas Saber sobre tu Obligación Tributaria Local

Concepto y Normativa

Los Arbitrios Municipales son tributos propios de las municipalidades, tal como lo establece la Constitución Política del Perú en su artículo 192. Este artículo otorga a los gobiernos locales la facultad de crear, modificar o suprimir arbitrios conforme a lo dispuesto por la ley. Además, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) señala que la Ordenanza es el instrumento normativo para regular la creación, modificación, supresión o exoneración de los arbitrios, siempre dentro de los límites legales. En el ámbito tributario, las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial correspondiente.

Los Arbitrios Municipales son tasas que se pagan por los servicios públicos de limpieza, áreas verdes y seguridad ciudadana. El costo de estos tributos varía según el servicio involucrado y otros factores, como el uso, tamaño y ubicación del predio, ya sea de manera real o potencial.

 

¿Quiénes deben pagar los Arbitrios?

Están obligados al pago de los arbitrios los propietarios de los predios, ya sea que los habiten, los utilicen para actividades comerciales o los mantengan desocupados. Además, si un tercero ocupa el predio bajo alquiler, el arrendatario también será responsable del pago. En el caso de los predios en copropiedad, los arbitrios se distribuirán proporcionalmente según la participación de cada copropietario. Cuando no se pueda identificar al propietario, el responsable del pago será el poseedor del inmueble, independientemente de la forma de tenencia. Asimismo, los ocupantes de la vía pública que realicen comercio informal, de manera transitoria o fija, también deberán pagar la tasa correspondiente.

 

Nacimiento de la Obligación Tributaria

La obligación tributaria se genera el primer día de cada mes correspondiente. En caso de transferencia de dominio de un predio, la obligación tributaria para el nuevo propietario comenzará el primer día del mes siguiente a la transferencia. El vendedor tiene la obligación de comunicar la venta mediante una declaración de descargo, que debe presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente.

 

¿Cómo se calculan los Arbitrios?

El cálculo de la Tasa de Arbitrios para la limpieza pública, parques y jardines, y seguridad ciudadana en el distrito de Independencia se realiza conforme a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en las sentencias de los expedientes Nº 0041-2004/AI-TC y 0053-2004/PI-TC. Estos criterios buscan una distribución equitativa del costo entre los contribuyentes. El cálculo se realiza al final de cada ejercicio fiscal, tomando en cuenta los costos efectivos de los servicios y su mantenimiento, así como los beneficios individuales recibidos por los contribuyentes. Además, se consideran los factores que justifiquen incrementos, si fuera el caso.